El día de ayer, lunes 3 de julio, se realizó la última reunión de paritaria local del presente cuatrimestre. Por CEDIUNCO participaron los paritarios José Soria, Victor Curapil y Marta Flores, a continuación le presentamos un breve informe de la reunión.
Temas tratados
- Cuestiones atinentes a la virtualidad
El tema surge a raíz de diversos reclamos que han llegado a los gremios sobre actividades docentes que se han pasado íntegramente a la virtualidad, como el dictado de clases y mesas de exámenes.
La paritaria observa que toda la normativa dictada durante la pandemia de COVID-19 concerniente al dictado de clases y toma de exámenes en contextos virtuales han sido derogadas a nivel universidad.
Por tal motivo, desde Sec. Académica se realizarán las consultas pertinentes en relación a los reclamos presentados, mientras el tema seguirá en tratamiento en la paritaria.
- Seguridad e Higiene- CRUB
Luego de la presentación realizada por CEDIUNCO sobre la situación de Seguridad e Higiene y equipamiento de trabajo del área de Montaña del Profesorado de Educación Física (CRUB), la paritaria acuerda que se deben encuadrar las actividades docentes del área de montaña como actividad de riesgo según lo estipulado por el CCT y comprometer a la universidad a realizar las gestiones para su cumplimiento.
Ello implica, en primer lugar, que se cumpla con el capítulo VIII, art. 54 del CCT el cuál resume las obligaciones de las instituciones universitarias:
“f– Ropa y/o elementos especiales de trabajo: La Institución Universitaria Nacional proveerá periódicamente al personal docente la ropa especial y elementos de seguridad individual (v.g. guardapolvos, guantes, máscaras de protección biológica, delantal contra radiaciones, botas, etc) cuando las condiciones en que se desarrollen sus tareas específicas así lo requieran.”
Además, el artículo 39 refiere que:
“El trabajador docente percibirá el adicional cuando la naturaleza y característica impliquen la realización de tareas que pongan en riesgo su integridad psicofísica, según porcentajes del sueldo básico establecidos por acuerdo paritario general, que en ningún caso podrá superar el 10 % del mismo”
Por otro lado, en cuanto a la provisión de medios para la realización de sus funciones, el art. 20 sostiene que:
“Las Instituciones Universitarias Nacionales se obligan a proveer los medios adecuados a sus docentes para que estos desarrollen sus tareas.”
En consonancia con ello, el art 21 se refiere al reintegro de gastos:
“La Institución Universitaria Nacional deberá reintegrar al docente los gastos suplidos por éste para el cumplimiento adecuado del trabajo, previamente autorizados por autoridades competentes.”
Además se propone la realización de una reunión virtual de la paritaria con los docentes del área de montaña y el departamento de Seguridad e Higiene de la UNCO para el segundo cuatrimestre.
- Casos particulares:
Se presentan casos particulares sobre cobertura de vacantes y proceso de regularización de la Facultad de Humanidades y FADECS